La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) lanzó la advertencia que los detectores moleculares son violatorios a las garantías individuales de los ciudadanos, por lo que el utilizarlos en Puebla se cometerían irregularidades.

En entrevista para Intolerancia Diario el primer visitador general del organismo, Omar Siddhartha Martínez Báez, indicó que desde agosto de 2011 existe una recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en la que reprueban el uso de los aparatos. Cabe destacar que en Puebla el secretario de Seguridad Pública, Ardelio Vargas Fosado, no sólo ha insistido en la adquisición de los aparatos también llamados “La quija del diablo”, sino también los ha probado en eventos masivos como la noche del 15 de septiembre. 

El funcionario estatal aseguró que el equipo funciona y él mismo lo probó en diversas ocasiones, a pesar de la controversia que existe a nivel nacional de su eficacia y las mismas advertencias de científicos de que son un fraude.

Incluso, en dos ocasiones el doctor en física de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Wolf Luis Mochán Backal ha retado a Vargas Fosado a hacer una prueba en conjunto para demostrar que el utilizarlos es como “echar un volado”. En tanto, el gobierno federal, sobre todo la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), continúa utilizándolos en operativos y cateos a pesar de la recomendación general de la CNDH, mientras que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza si su utilización ha violado leyes.

Violatorios
Omar Siddhartha Martínez Báez, primer visitador de la CEDH, indicó que la utilización de los artefactos es violatoria de los derechos humanos independientemente de su eficacia, ya que con sólo apuntar a una casa, automóvil o persona se viola el derecho de intimidad. 

Recordó que fue en agosto de 2011 cuando la CNDH lanzó la recomendación general, debido al gran número de quejas por cateos ilegales y a la utilización del detector molecular, por lo que pidió a toda autoridad no utilizarlos. Aclaró que la recomendación no fue emitida al gobierno federal, en este caso la Sedena, sino a todos los gobiernos estatales, incluidos los gobernadores, secretarios de seguridad —incluido Ardelio Vargas— y procuradores, quienes desde esa fecha deben tener en su escritorio el documento.

“Habrá quienes se pusieron el saco, habrá quienes los hayan comprado y no hicieron caso, y también quienes ni siquiera lo tenían contemplado.

”Este tema de los detectores moleculares no es un tema nuevo, debo comentar que desde el 5 de agosto de 2011 la CNDH emitió una recomendación general, la número 19, que versa sobre los cateos ilegales, una práctica recurrente de muchas autoridades, con el fin de encontrar o atacar la delincuencia organizada.

”Una de las utilidades de este detector molecular, que le ha encontrado sobre todo el Ejército, la Marina y algunos ‘clientes’, por así llamarlo, de la empresa a la que se han comprado los utilizan precisamente para desde el exterior de una casa apuntar y tratar de detectar que existen algunas sustancias o cuestiones ilegales.

”Entonces la CNDH se ha pronunciado en ese sentido, de que el detector molecular es un instrumento que atenta contra la inviolabilidad del domicilio, que es un derecho humano que tenemos todos nosotros para que al interior de nuestra casa no seamos perturbados por la autoridad.”

Detalló que la garantía de que no se viole este derecho consiste en precisamente lo que señala la Constitución mexicana: “Tenemos un derecho a la intimidad y por lo tanto lo que pase al interior de nuestra casa es una cuestión personal.

”Sólo puede ser quebrantado este derecho a través de una orden de cateo que debe expedir una autoridad judicial, una vez que se hayan cubierto determinados requisitos”, señaló el primer visitador. Refirió que apuntar con la antena del detector molecular cualquier domicilio es violatorio a los derechos humanos, comparándolo como si se hiciera con un telescopio, muy independientemente de si sea eficaz o no.

“Es un atentado a la intimidad, debe existir una orden de cateo para hacerlo apuntar hacia un domicilio o una persona, digamos que la conjetura que ha planteado la CNDH es esa situación.

”Independientemente de que sea al interior, el objeto está realizando una identificación desde la parte exterior de la casa y para ello debe existir una orden de una autoridad competente, en este caso un juez que autorice previamente el cateo.”

Aclaró que si bien no se realiza un cateo por penetración es uno desde el exterior, porque básicamente se está inspeccionando la vivienda, auto o persona y es precisamente el contenido del derecho humano.

“Podemos compararlo con una especie de telescopio, quien está observando o, vamos a suponer en este caso, nos observa la autoridad con un telescopio, evidentemente se trata una invasión a ese derecho y por lo tanto se requiere una orden de cateo.”  —¿Por fuera, en operativos, se comete la misma violación?

—De cualquier modo; visto en el trabajo operativo también lo consideramos una violación a derechos humanos, porque la persona evidentemente tiene el derecho de transitar en lo particular.

”(Por ejemplo,) cuando estás desplazando un vehículo ciertamente no hay plena autorización de tránsito, nosotros tenemos la obligación de hacer cumplir las disposiciones para hacerlo, tener una licencia, que esté el vehículo registrado.

”Pero la libertad de tránsito es una libertad personal, el hecho de que se haga la inspección a una persona caminando evidentemente es también una invasión a su intimidad, ya no hablamos de la inviolabilidad del domicilio.”

Recomendó que las técnicas de investigación deben de ser entonces más refinadas, de ser de algún modo más precisas y no deben ser invasivas a ese grado, que se considere que vulneren los derechos humanos.

—¿Un exhorto a la autoridad para no utilizar los aparatos en Puebla?
—Nosotros no podemos pronunciarnos porque lo hagan o no lo hagan, lo que a nosotros nos compete es precisamente prevenir violaciones a derechos humanos, y en ese sentido sería el pronunciamiento, que los instrumentos al margen de que se pruebe o no su eficacia su utilización ha sido considerada una violación a derechos humanos.

”Entonces, si se llegan a adquirir y alguna persona viene y se queja con nosotros, considerando que hay una violación a su derecho humano, pues tenemos previamente un estudio realizado por la CNDH.”

Explicó que la recomendación de la CNDH es general, ya que a diferencia de las que se emiten comúnmente, versan sobre cuestiones que han sido recurrentes; en este caso, para llegarla a emitir fue porque advirtió muchas quejas constantes de la forma de operarlo considerada violatoria de derechos humanos.

“Por eso mismo emiten una recomendación general que va dirigida a los secretarios correspondientes, en este caso Seguridad Pública, Marina, Sedena a nivel federal, que son los que lo operan así.

”Pero como es una recomendación general, se va a los gobernadores de los estados a los secretarios de todas las entidades federativas, procuradores, incluso podría ir a presidentes municipales, aunque no lo tengo precisado si llegó a ese nivel.

”(…) todas las autoridades tienen esa recomendación en su escritorio, o sea habrá a quienes les quedó el saco desde el 5 de agosto que se emitió y a quienes quizás no, nunca han comprado el aparato, no se han interesado en comprarlo, pero todos tienen esa recomendación”, advirtió finalmente.