El diputado Carlos Alberto Evangelista Aniceto propuso reformas al Código Penal para que se excluya como delito cuando una mujer, víctima de violencia física, psicológica, sexual o feminicida, presuma legítima defensa y repela la agresión o cuando otra persona actúe en auxilio de ella.

Durante la sesión ordinaria, el legislador recordó un hecho de enero de 2012, cuando Laura “N” regresaba a su casa con 300 pesos producto del trabajo, pues era explotada sexualmente por su pareja, y el dinero era para darle de comer a sus hijos.

Señaló que sufría de violencia doméstica y veía el maltrato a su hija de tres años, fue entonces cuando decidió defenderse y romper el silencio, y al enfrentar la amenaza que tenía con su pareja armada con un arma de fuego, logrando herir a su agresor.

Evangelista Aniceto, señaló que en esta historia, las autoridades, al tener conocimiento, Laura no gozó de la presunción de inocencia, ni investigación con perspectiva de género, al contrario, la revictimizaron y la acusaron, mientras no tuvo el derecho a una vida libre de violencia, además de privarla de su libertad.

Indicó que casos como el señalado se mantienen por ello la reforma que se propone, ya que a las víctimas se les castiga y se les expone, hay violencia institucional desde los órganos del estado que supuestamente deben proteger a las mujeres y respetar sus derechos.

Precisó que, en el caso de los agresores, siguen gozando de impunidad a costa del dolor de las víctimas y son respaldados por una sociedad machista, que no logra ver el trato diferenciado que sufren las mujeres mexicanas.

El legislador por Morena indicó que no se puede seguir protegiendo a los agresores con un código machista, por ello la propuesta de reformarlo para que haya casos de exclusión en los casos de legítima defensa, se investigue con perspectiva de género y se procure la justicia que le brinde a las mujeres víctimas, la seguridad.

El legislador explicó que la justicia no debe castigar a una mujer porque se defienda, o defiende a sus hijos de un ataque provocado, y hay que tener los protocolos que permitan la investigación con debida diligencia.

Recordó que presentó otra iniciativa ante el incremento de feminicidios y muertes violentas en menores de edad en el estado de Puebla, por lo que impulsa iniciativa para castigar con penas más severas a agresores de mujeres. 

La Iniciativa de Decreto por el que se reforma y adiciona el numeral XI del Artículo 338, y se adiciona el Artículo 338 sexies, del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, busca establecer que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género y el término incluye a todas las mujeres en su diversidad y etapas de vida.

El presidente de la Comisión de Grupos Vulnerables en el Congreso del Estado, detalló que la pena se agravará hasta en una tercera parte de su mínimo y máximo cuando la víctima sea una niña o adolescente, que la mujer se encuentre en una situación de vulnerabilidad dada en razón de su raza, condición étnica, descendiente de los pueblos originarios, sea indígena u afromexicana, por su identidad de género, expresión de género, situación migratoria, sea refugiada, en desplazamiento forzado, se encuentre embarazada o en periodo de puerperio, con alguna discapacidad, esté en una situación socioeconómica desfavorable o se encuentre afectada por situaciones de conflicto armado, violencia política, trata de personas o tráfico de migrantes, explotación laboral, explotación sexual o de desastres naturales.